PROCLAMACIÓN DE LOS DERECHOS DEL PUEBLO

El 1 de julio de 1811, en sesión legislativa desde el Palacio de Gobierno de Venezuela, ubicado en la provincia de Caracas, el Supremo Congreso venezolano con Francisco Xavier Yanes como presidente, proclama la Declaración de los derechos del pueblo; documento en el que se desarrollan diversos artículos sobre la Soberanía del pueblo.

El Supremo Congreso de Venezuela proclama los derechos del pueblo, al declarar que la soberanía reside en el pueblo y el ejercicio de ella en los ciudadanos con derecho a sufragio por medio de sus apoderados legalmente constituidos. Ese mismo congreso, el 05 de julio, declaró la Independencia.

En su primer artículo dice: «La soberanía reside en el pueblo, y el ejercicio de ella en los ciudadanos con derecho a sufragio por medio de sus apoderados legalmente constituidos». De seguidas expone esta máxima sencilla: «haz siempre a los otros el bien que querrías recibir de ellos; no hagas a otro lo que no quieras que te hagan a ti».

En su ardua labor de dirigir los destinos de la nación, el Congreso Supremo de Venezuela, en su sesión del 1 de julio de 1811, proclamó públicamente los Derechos del Pueblo, los cuales declaran en su artículo inicial el reconocimiento del sufragio por medio de sus apoderados legalmente constituidos.

 

Prensa CAVIM